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¿Qué requisitos debe cumplir el Recurso de Reconsideración que se interpone contra una resolución directoral?

¿Qué requisitos debe cumplir el Recurso de Reconsideración que se interpone contra una resolución directoral emitida por la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos (DFAI) del OEFA?

Los requisitos legales que debe cumplir el Recurso de Reconsideración son tres:
 
1. El plazo de interposición del recurso de reconsideración es de (15) días hábiles.
2. El recurso de reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dictó el primer acto que es materia de impugnación.
3. El recurso de reconsideración deberá sustentarse en NUEVA PRUEBA.
 
📑 Respecto del tercer requisito, comparto con ustedes una Resolución Directoral emitida por la DFAI que declara improcedente un Recurso de Reconsideración interpuesto por un administrado contra una resolución que -a su vez- declaró la improcedencia de una solicitud de variación de medida correctiva- por las siguientes razones:
 
✅ La nueva prueba debe referirse a un hecho tangible y no evaluado con anterioridad, que amerite la revisión de la decisión de la autoridad.
 
✅ Por tanto, no resulta pertinente como nueva prueba, documentos que pretendan presentar nuevos argumentos sobre los hechos materia de controversia evaluados anteriormente, dado que no se refieren a un nuevo hecho sino a una discrepancia con la aplicación de criterio adoptado por la DFAI, la norma y el derecho.
 
✅ Por todo ello, para esta nueva evaluación se requiere de un nuevo medio probatorio, que no haya sido materia de análisis dentro del pronunciamiento, y que tenga como finalidad la modificación de la situación que se resolvió inicialmente; por lo que, no resulta pertinente como nueva prueba, presentar nuevos argumentos sobre los hechos materia de controversia evaluados anteriormente, documentación que obra en el expediente y que fuera analizada por la DFAI, documentación de otras entidades no vinculada con los hechos materia de análisis del procedimiento sancionador, entre otros.
 
✅ En el presente caso, el administrado en su recurso de reconsideración señala, entre otros, que no puede ejecutar la medida correctiva ordenada mediante resolución directoral, toda vez que el tiempo otorgado por la DFAI no le resulta suficiente, requiriendo un aproximado de 7 meses para su cumplimiento. Sobre ello, es menester señalar que, el administrado no adjuntó documentación alguna a su recurso.
 
✅ Por lo expuesto, se evidencia que el administrado no ha presentado documentación alguna que califique como nueva prueba y que; en consecuencia, habilite a la DFAI a reconsiderar la decisión contenida en la resolución directoral, por lo que, se declara improcedente el Recurso de Reconsideración, no siendo necesario pronunciarse respecto de los demás argumentos alegados por el administrado.
 
Por favor compartir y difundir a los interesados. 🙏🏼

 
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